Expertas advierten en Panamá sobre riesgos fiscales del teletrabajo desde el extranjero
- Manuel Robles Quintero

- hace 8 horas
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Expertas analizan las actualizaciones del Modelo de Convenio Tributario de la OCDE y advierten que el trabajo remoto desde otro país puede generar obligaciones tributarias para las compañías.

(M&T).-El crecimiento del teletrabajo y la movilidad laboral está obligando a las empresas a replantear su gestión fiscal en un entorno cada vez más global y digital. La posibilidad de que empleados trabajen desde otros países por períodos prolongados puede activar obligaciones tributarias en esas jurisdicciones, lo que exige mayor atención a las normas internacionales.
Este fue uno de los principales temas analizados durante un conversatorio organizado por la International Fiscal Association (IFA) capítulo Panamá y The Women of IFA Network (WIN), con el auspicio del Instituto Panameño de Tributaristas (INSPAT). El encuentro se centró en las actualizaciones al Modelo de Convenio Tributario de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), aprobadas en noviembre de 2025, que buscan adaptar las normas fiscales a un entorno económico más digital, móvil y con estructuras empresariales descentralizadas.

Durante el panel participaron las especialistas Darma Romero, Malvis Mina, Ivelisse Bonilla y Helen Seixas, con la moderación de Adriana Collado, quienes analizaron los cambios introducidos en los comentarios del artículo 5 del modelo de la OCDE, relacionados con el concepto de establecimiento permanente.
Según explicó Darma Romero, las nuevas interpretaciones consideran factores como el grado de permanencia del trabajador en otro país y la naturaleza de las funciones que desempeña. Entre los indicadores se evalúa si el empleado trabaja desde el extranjero durante más del 50% de su tiempo laboral.
No obstante, Ivelisse Bonilla señaló que el análisis no depende únicamente del tiempo trabajado fuera del país. También se debe examinar el tipo de actividades que realiza el empleado y si su presencia en el extranjero responde a una decisión personal o a una estrategia empresarial.
En ese sentido, precisó que tareas administrativas, revisión de documentos o correspondencia interna normalmente no generan un establecimiento permanente. En cambio, actividades comerciales como la búsqueda de clientes, la negociación de contratos o la apertura de nuevos mercados sí podrían generar obligaciones fiscales para la empresa en la jurisdicción donde se realizan.
Las expertas también abordaron las modificaciones relacionadas con las actividades extractivas, incluidas la minería y la exploración de recursos naturales. De acuerdo con Helen Seixas, los nuevos comentarios buscan proteger la potestad tributaria de los países donde se encuentran los recursos, reduciendo el umbral de tiempo necesario para que estas operaciones sean consideradas establecimiento permanente, con plazos que pueden oscilar entre 30 y 90 días.
Seixas recordó que Panamá mantiene 17 convenios para evitar la doble tributación, de los cuales nueve contemplan reglas específicas para actividades extractivas. En algunos acuerdos, como los suscritos con Portugal y Corea del Sur, el plazo es de nueve meses; con España, Italia y México es de seis meses; mientras que con Países Bajos se establece un período de 90 días.

Durante el conversatorio también se analizaron las actualizaciones al artículo 9 del modelo de la OCDE, que regula las operaciones entre empresas asociadas bajo el principio de libre competencia. Malvis Mina indicó que los nuevos comentarios aportan mayor claridad sobre el tratamiento de estructuras financieras entre filiales y los posibles riesgos de doble tributación.
Otro de los temas abordados fue la revisión del artículo 26, relacionado con el intercambio de información entre administraciones tributarias. Las especialistas señalaron que las modificaciones buscan fortalecer la cooperación fiscal internacional y adaptarla a nuevas dinámicas de fiscalización.
Uno de los cambios relevantes es que las solicitudes de información ahora pueden realizarse en etapas preliminares de investigación, incluso antes de que exista una fiscalización formal, siempre que los datos solicitados sean “previsiblemente relevantes” para fines fiscales. Sin embargo, se mantiene la prohibición de las llamadas “fishing expeditions”, es decir, solicitudes de información sin fundamento o sin identificar al contribuyente o las operaciones investigadas.
El evento también sirvió como espacio de conmemoración del Día Internacional de la Mujer. Durante la jornada se entregó el Premio Mujer Tributarista del Año 2026 a Martha Luna Véliz, además de reconocimientos a Rose Molina, Desiree Esaa y Maribel Sousa de Moreno, por su trayectoria y contribución al desarrollo del ámbito tributario en Panamá.




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